Descripción
PODER LEGISLATIVO
Decreta: Conceder un plazo de Sesenta (60) días calendarios contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del presente Decreto, para que los contribuyentes, responsables y/o Agentes de Retención que se encuentren omisos o hayan presentado y pagado extemporáneamente la Declaración Anual de Créditos del Impuesto Sobre Ventas (DAC), la Declaración Mensual de Retenciones (DMR).
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Acuerdos Ejecutivos Nos.: 011-2015 y 012-2015
PODER LEGISLATIVO
Decreta: Conceder un plazo de Sesenta (60) días calendarios contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del presente Decreto, para que los contribuyentes, responsables y/o Agentes de Retención que se encuentren omisos o hayan presentado y pagado extemporáneamente la Declaración Anual de Créditos del Impuesto Sobre Ventas (DAC), la Declaración Mensual de Retenciones (DMR).
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Acuerdos Ejecutivos Nos.: 011-2015 y 012-2015