Descripción
PODER LEGISLATIVO
Decreta: Prorrogar a partir de la fecha de vencimiento del Decreto No. 63- 2014 de fecha 19 de agosto de 2014, la vigencia por un período hasta el 31 de diciembre de 2015, para que toda persona que tenga en su poder
cualquier tipo de arma de fuego comercial y que no posea factura de venta de la Armería, proceda con la documentación respectiva a excepción de dicha factura, al realizar los trámites correspondientes para dicho registro.
Otros.
AVANCE
PODER LEGISLATIVO
Decreta: Prorrogar a partir de la fecha de vencimiento del Decreto No. 63- 2014 de fecha 19 de agosto de 2014, la vigencia por un período hasta el 31 de diciembre de 2015, para que toda persona que tenga en su poder
cualquier tipo de arma de fuego comercial y que no posea factura de venta de la Armería, proceda con la documentación respectiva a excepción de dicha factura, al realizar los trámites correspondientes para dicho registro.
Otros.
AVANCE