DE LA CONSTITUCION
Que la ley General de la Administración Publica prevé la creación de Órganos Desconcentrados para la más eficaz atención y eficiente prestación de los servicios públicos.
Créase la Empresa Nacional de Artes Gráficas, según Decreto No. 23-1999 con fecha miércoles 21 de abril, como un ente desconcentrado adscripto a la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, dotado de Autonomía Técnica, Administrativa y Financiera.
La Empresa Nacional de Artes Gráficas se constituye para editar el Diario Oficial La Gaceta, Leyes, Reglamentos y demás Actos administrativos, de carácter general, así como para prestar al sector público y privado servicios de edición e impresión y de las artes gráficas en general.
DE REPRESENTACIÓN
Ejerce la representación del Estado de Honduras en materia de Publicación de Leyes, Decretos, etc. en el Diario Oficial La Gaceta.
DE SUPERVISIÓN
Cumple y hace cumplir las Leyes, Reglamentos, Normas técnicas, y demás disposiciones así como convenios sobre publicaciones del Diario Oficial la Gaceta.
Adopta las medidas necesarias para que los servicios de publicaciones en el Diario Oficial La Gaceta se brinden en forma eficiente, sin interrupciones, sin interferencias y discriminaciones.
DE PROMOCIÓN
Promueve los servicios que presta la Empresa Nacional de Artes Gráficas y procura su más alta calidad al menor costo Posible.
Promueve la competencia en la prestación de los servicios de publicaciones y trabajos en general de Artes Gráficas.
DE ADMINISTRACIÓN
Establece vía Decretos Legislativos las tarifas y demás cargos, que deberán pagar al Estado los clientes y usuarios de los servicios que presta la ENAG.